Se entiende por reintegro a la figura por la cual un estudiante solicita continuar sus estudios en uno de los programas académicos de la Universidad, cuando por motivos de orden personal los ha suspendido voluntariamente o la Institución lo ha suspendido como sanción disciplinaria.

El reintegro se hará al plan de estudios vigente de su programa de formación académica. Si el estudiante se desvincula de la Universidad por un tiempo igual o superior a cinco periodos académicos, deberá someterse a un programa de actualización académica definido por la dirección del programa, de acuerdo al reglamento general de estudiantes de pregrado profesional, Artículo 15.

El proceso de reintegro para el periodo 2025-01, se realizará del 2 de septiembre de 2024 al 24 de enero de 2025.

Conozca toda la información necesaria para diligenciar la solicitud de reintegro, según corresponda:

Requisitos:

Pasos a seguir:

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